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Ciudadanía Alemana

Nationality

Nationality, © Ute Grabowsky/photothek.net

29.11.2023 - Artículo

Ciudadanía Alemana

El Derecho alemán aplica el principio de descendencia: las personas, cuyos progenitores a la fecha de su nacimiento son ciudadanos alemanes, también poseen la ciudadanía alemana. Esto significa: quien posea antepasados alemanes puede poseer la nacionalidad alemana. El hecho de haber nacido en Alemania por sí sólo, no es requisito suficiente para adquirir la nacionalidad alemana.

La verificación de la ciudanía alemana también es posible si el antepasado, de quien se deriva la ciudadanía, haya fallecido. No obstante, no debe existir una interrupción en las generaciones. Por ejemplo: no se puede derivar la ciudadanía directamente del abuelo.

Por otra parte, la ciudadanía alemana también se puede adquirir por naturalización.

Asimismo, y contrariamente a la nacionalidad argentina, la nacionalidad alemana se puede perder, por ejemplo por naturalización como ciudadano de otro país.

La legislación alemana en materia de ciudadanía alemana supera los 100 años y en todo ese lapso de tiempo ha atravesado numerosas modificaciones. Por lo tanto, se debe aplicar el correspondiente derecho vigente a la fecha del nacimiento o del casamiento, de la adopción o de la legitimación según el caso particular. 

El Derecho alemán prevé las siguientes causas de adquisición de la nacionalidad alemana:

1)     Nacionalidad alemana por descendencia

de padre alemán

  • hijos/as matrimoniales nacidos/as a partir del 1/1/1914
  • hijos/as extramatrimoniales nacidos/as a partir del 1/7/1993

de madre alemana

  • hijos/as extramatrimoniales nacidos/as a partir del 1/1/1914 hasta el 31/12/1974 
  • hijos/as matrimoniales nacidos/as desde el 1/1/1975

Asimismo, se podría obtener la ciudadanía en caso de legitimación, adopción plena, matrimonios celebrados con un ciudadano alemán a partir del 1/1/914 hasta el 31/3/1953 

► Encontrará más información y los respectivos formularios de solicitud​​​​​​​ aquí:

2)   Nueva Ley a partir del 20/8/2021: 

Adquisición de la nacionalidad alemana por declaración § 5 de la Ley de Nacionalidad (StAG)

El grupo de personas beneficiarias incluye a los hijos/as de un/a progenitor/a alemán/alemana que hayan nacido después del 23/5/1949 y no hayan adquirido la nacionalidad alemana por nacimiento.

de padre alemán

  • hijos/as extramatrimoniales nacidos/as antes del 1/7/1993
  • hijos/as cuya madre haya perdido la nacionalidad alemana antes del nacimiento del niño por haber contraído matrimonio con un extranjero antes del 1/4/1953

de madre alemana

  • hijos/as matrimoniales nacidos/as antes el 1/1/1975
  • hijos/as que hayan perdido la nacionalidad alemana adquirida por nacimiento con anterioridad al 1/4/­1953, debido a una legitimación efectuada por un extranjero y efectiva según la legislación alemana

► Encontrará más información y los respectivos formularios de solicitud aquí.

3)     Restitución de la nacionalidad Art. 116, inciso 2, de la Ley Fundamental (GG)

Los descendientes de víctimas del nacionalsocialismo, cuya ciudadanía alemana fue revocada por razones políticas, raciales o religiosas entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945 y sus descendientes pueden tener derecho a la renacionalización.

► Encontrará más información y los formularios de solicitud aquí

4)     Naturalización de personas perseguidas por el nacionalsocialismo y sus descendientes  §15 de la Ley de Nacionalidad Alemana (StAG)

De conformidad con el § 15 de la Ley de Nacionalidad (StAG) tendrán derecho a la naturalización las personas que entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945 hayan renunciado a la nacionalidad alemana, la hayan perdido o no hayan podido adoptarla como consecuencia de medidas de persecución por motivos políticos, raciales o religiosos.

  • Las personas que hayan renunciado a la nacionalidad alemana o la hayan perdido con anterioridad al 26 de febrero de 1955, por ejemplo, al haber solicitado y adquirido una nacionalidad extranjera, por pérdida previa solicitud o por haber contraído matrimonio con un extranjero.
  • Las personas que hayan sido excluidas de adquirir legítimamente la nacionalidad alemana a través del matrimonio, la legitimación o la naturalización colectiva de personas pertenecientes al pueblo alemán.
  • Las personas que no hayan obtenido la nacionalidad a pesar de haberla solicitado o que hayan sido excluidas de forma generalizada de obtenerla, lo que de otro modo habría sido posible previa solicitud.
  • Las personas que hayan abandonado o perdido su residencia habitual en Alemania si esta se había establecido con anterioridad al 30 de enero de 1933; en el caso de los hijos, también posteriormente.

El derecho a la naturalización se aplicará también a los descendientes.

Encontrará más información y los formularios de solicitud aquí.

5)     Naturalización para descendientes de progenitores alemanes, que no son alemanes por nacimiento §14  de la Ley de Nacionalidad Alemana (StAG)

Mediante el Art. §14 StAG de la Ley de Nacionalidad Alemana se generó para un determinado grupo de personas una posibilidad de naturalización si se cumplen ciertos requisitos.

► Encontrará más información y los respectivos formularios de solicitud aquí.


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