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Ciudadanía Alemana

Nationality, © Ute Grabowsky/photothek.net
¿Cómo se adquiere la nacionalidad alemana?
El Derecho alemán aplica, en particular, el principio de descendencia: las personas, cuyos progenitores a la fecha de su nacimiento son ciudadanos alemanes, también poseen la ciudadanía alemana. Esto significa: sólo quien posea antepasados alemanes puede poseer la nacionalidad alemana. El hecho de haber nacido en Alemania por sí sólo no es requisito suficiente para adquirir la nacionalidad alemana.
En el principio de descendencia no existe un corte generacional. La verificación de la ciudanía alemana también es posible si el antepasado, de quien se deriva la ciudadanía, ya falleció. No obstante, no debe existir una interrupción en las generaciones, es decir que, por ejemplo, no se puede derivar la ciudadanía directamente del abuelo.
Por otra parte, la ciudadanía alemana también se puede adquirir por naturalización.
Asimismo, y contrariamente a la nacionalidad argentina, la nacionalidad alemana se puede perder más fácilmente, por ejemplo por naturalización como ciudadano de otro país.
La legislación alemana en materia de ciudadanía alemana supera los 100 años y en todo ese lapso de tiempo ha atravesado numerosas modificaciones. Por lo tanto, se debe aplicar el correspondiente derecho vigente a la fecha del nacimiento o del casamiento, de la adopción o de la legitimación según el caso particular.
Si le quedan dudas después de la lectura del sitio web, complete y traiga impreso el cuestionario y el árbol genealógico, sacando previamente un turno en nuestro sitio web.
El Derecho alemán prevé las siguientes causas de adquisición de la nacionalidad alemana:
1) Nacionalidad alemana por descendencia
La nacionalidad alemana se adquiere/se adquiría por descendencia
de padre alemán
- hijos legítimos nacidos a partir del 1 de enero de 1914
- hijos ilegítimos nacidos a partir del 1 de julio de 1993
de madre alemana
- hijos ilegítimos nacidos a partir del 1 de enero de 1914 hasta el 31 de diciembre de 1974 (si en caso contrario, el hijo/la hija pasaba a ser apátrida)
- hijos legítimos nacidos desde el 1 de enero de 1975
► Aquí encontrará información detallada sobre la adquisición de la nacionalidad por descendencia y los formularios correspondientes.
La obtención de la nacionalidad alemana por descendencia se puede comprobar mediante un llamado certificado de nacionalidad (Staatsangehörigkeitsausweis).
2) Adquisición de la nacionalidad alemana por declaración, de conformidad con el § 5 de la Ley de Nacionalidad (StAG)
El grupo de personas beneficiarias incluye a los hijos de un/a progenitor/a alemán/alemana que hayan nacido después del 23 de mayo de 1949 y no hayan adquirido la nacionalidad alemana por nacimiento
de padre alemán
- hijos ilegítimos nacidos antes del 1 de julio de 1993
- hijos cuya madre haya perdido la nacionalidad alemana antes del nacimiento del niño por haber contraído matrimonio con un extranjero antes del 1 de abril de 1953
de madre alemana
- hijos legítimos nacidos antes el 1 de enero de 1975
- hijos que hayan perdido la nacionalidad alemana adquirida por nacimiento con anterioridad al 1 de abril de 1953, debido a una legitimación efectuada por un extranjero y efectiva según la legislación alemana
► Encontrará más información y los respectivos formularios de solicitud aquí.
3) Restitución de la nacionalidad por aplicación del Art. 116, inciso 2, de la Ley Fundamental
Los descendientes de víctimas del nacionalsocialismo, cuya ciudadanía alemana fue revocada por razones políticas, raciales o religiosas entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945, y sus descendientes pueden tener derecho a la renacionalización.
► Encontrará más información y los formularios de solicitud aquí.
4) Naturalización de personas perseguidas por el nacionalsocialismo y sus descendientes en conformidad con §15 de la Ley de Nacionalidad Alemana (StAG)
De conformidad con el § 15 de la Ley de Nacionalidad (StAG) tendrán derecho a la naturalización las personas que entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945 hayan renunciado a la nacionalidad alemana, la hayan perdido o no hayan podido adoptarla como consecuencia de medidas de persecución por motivos políticos, raciales o religiosos.
- Las personas que hayan renunciado a la nacionalidad alemana o la hayan perdido con anterioridad al 26 de febrero de 1955, por ejemplo, al haber solicitado y adquirido una nacionalidad extranjera, por pérdida previa solicitud o por haber contraído matrimonio con un extranjero.
- Las personas que hayan sido excluidas de adquirir legítimamente la nacionalidad alemana a través del matrimonio, la legitimación o la naturalización colectiva de personas pertenecientes al pueblo alemán.
- Las personas que no hayan obtenido la nacionalidad a pesar de haberla solicitado o que hayan sido excluidas de forma generalizada de obtenerla, lo que de otro modo habría sido posible previa solicitud.
- Las personas que hayan abandonado o perdido su residencia habitual en Alemania si esta se había establecido con anterioridad al 30 de enero de 1933; en el caso de los hijos, también posteriormente.
El derecho a la naturalización se aplicará también a los descendientes.
Encontrará más información y los formularios de solicitud aquí.
5) Naturalización para descendientes de progenitores alemanes, que no son alemanes por nacimiento mediante el Art. §14 de la Ley de Nacionalidad Alemana (StAG)
Mediante el Art. §14 StAG de la Ley de Nacionalidad Alemana se generó para un determinado grupo de personas una posibilidad de naturalización si se cumplen ciertos requisitos.
► Encontrará más información y los respectivos formularios de solicitud aquí.