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Naturalización desde el extranjero § 14 StAG

Grundgesetz und Einbuergerung

Grundgesetz und Einbuergerung, © dpa-Zentralbild

23.05.2024 - Artículo

Mediante el §14 de la Ley de Nacionalidad Alemana (StAG) se generó para un determinado grupo de personas una posibilidad de naturalización si se cumplen ciertos requisitos.

Naturalización según el § 14 de la StAG desde el extranjero

Esta información se refiere a las personas que nunca han tenido la nacionalidad alemana y viven fuera de Alemania.

La naturalización de una persona que tiene su residencia habitual en el extranjero constituye una excepción. No tiene derecho a la naturalización. Los requisitos para la naturalización de las personas que no viven en Alemania son especialmente elevados y, por lo general, sólo son posibles en algunos casos excepcionales, por ejemplo

  • el cónyuge alemán trabaja en el servicio diplomático alemán o en el extranjero en comisión de servicios de una empresa alemana
  • Cónyuges o parejas de hecho de alemanes también fuera de una comisión de servicios de una empresa alemana, si existen vínculos con Alemania y un interés público en que el solicitante de naturalización extranjero o el cónyuge/pareja de hecho alemán permanezca en el extranjero.

La solicitud de naturalización no puede presentarse directamente ante la BVA, sino que debe presentarse a través de la Embajada de Alemania en Buenos Aires para las personas que tengan su residencia permanente y su domicilio en Argentina.

La Oficina Federal de Administración en Colonia, como autoridad de nacionalidad responsable de los alemanes residentes en el extranjero, tramita, examina y decide sobre las solicitudes. Encontrará más información sobre el procedimiento de solicitud y los requisitos, así como el formulario de solicitud, en la página web de la Oficina Federal de Administración.

La tramitación de la solicitud es arancelada. También hay que abonar, eventualmente, una tasa por la denegación de la solicitud. Debe contar con un plazo de tramitación de varios años.


 

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