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Contraer matrimonio en Alemania
Eheschließung, © picture alliance / ZB
Los requisitos para contraer el matrimonio en Alemania
Celebración de matrimonio en Alemania
La consulta sobre la documentación necesaria para celebrar matrimonio en Alemania debe ser efectuada al Registro Civil, en el cual se contraerá matrimonio.
De acuerdo con la experiencia de la Embajada los contrayentes argentinos con residencia en la Argentina deben presentar, ante todo, la siguiente documentación:
- Partida de nacimiento
- Fotocopia de pasaporte certificada por la Embajada
- „Fe de soltería“ o „Certificado de soltería“
(El certificado de soltería es una constancia de que la persona en cuestión es soltera. Se tramita con fotocopia del DNI vigente en la Dirección Nacional de Identificación RENAPER, Perón 664, o también puede solicitarse por e-mail coordinaciondoc@renaper.gov.ar. En la ciudad de Buenos Aires también puede solicitarse en el Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado. Dado que el certificado de soltería no es considerado suficiente en todos los registros civiles alemanes, se deberá adjuntar eventualmente
- una declaración jurada de dos testigos, hecha ante escribano en la Argentina, en la que conste que el/la contrayente es soltero/a
- partida de matrimonio con sentencia de divorcio firme correspondientes a todos los matrimonios previos
- certificado de domicilio.
Salvo la copia del pasaporte, estos documentos, por lo general, deben presentarse apostillados y traducidos al alemán por un traductor público en Alemania. Para mayor información
Con esta documentación el Registro Civil gestionará ante el juzgado alemán correspondiente la „exención de presentación del certificado de soltería“, ya que las autoridades argentinas no emiten el equivalente de dicho certificado.
En el caso de que el/la contrayente argentino/a no puede solicitar personalmente la celebración del matrimonio en el Registro Civil en Alemania, se podrá otorgar poder al/a la contrayente alemán/a mediante una „declaración de adhesión“. El formulario correspondiente se obtiene en el Registro Civil. En caso necesario, la Embajada legaliza la firma del otorgante (arancel: 79,57€, pagaderos en Pesos al cambio vigente, hace falta un turno en la categoría „otros asuntos consulares“).