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Foto: Blick aus Flugzeug

Foto: Blick aus Flugzeug, © Colourbox

21.11.2023 - Artículo

Los ciudadanos argentinos pueden permanecer en calidad de turistas en los países Schengen por hasta 90 días por cada medio año sin necesidad de una visa.

90 Tage visumfrei
90 Tage visumfrei © Botschaft Buenos Aires

​​​​​​​Los ciudadanos argentinos pueden permanecer en calidad de turistas en los países del espacio Schengen hasta 90 días dentro de un período de 180 días sin visa (p.ej. para visitar amigos, familiares, etc.; tomar cursos de idiomas o realizar viajes de negocios).

Pueden cruzar las fronteras internas entre los países del espacio Schengen sin controles, pero deben llevar su pasaporte.

Para otros motivos de permanencia en el país o estadías de mayor duración se requiere, por regla general, tramitar una visa previo al ingreso al país. Si la intención es desempeñar una actividad remunerada, véanse las instrucciones correspondientes.

El tiempo se empieza a contabilizar a partir de la primera entrada en el espacio Schengen. Se puede permanecer hasta un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días, es decir que se deberá tener en cuenta el período de 180 días que precede a cada día de permanencia. En el  siguiente link, correspondiente a la Comisión Europea, se puede acceder a un sistema calculador de días de permanencia.

Si tiene otra nacionalidad y no sabe si necesita una visa, le recomendamos dirigirse al consulado alemán de su país de origen y/o ingresar al siguiente enlace:

En el caso de ingreso sin obligación de visado al territorio soberano de los Países Miembros del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen, por ejemplo, a Alemania como país de ingreso, en caso de que los respectivos controles fronterizos así lo requieran, se deberán presentar comprobantes del motivo de la estadía, de financiación de la estadía y de los gastos de viaje. 

En el caso del motivo de estadía podrán presentarse, por ejemplo:

  • Reservas de hotel/pasajes (también viajes en tren por Europa) en caso de turismo
  • Carta de confirmación y/o invitación de la empresa o del anfitrión, participación en jornadas y similares en caso de viajes de negocio y/o de visita (por ejemplo: „… se alojará en mi casa en … desde el … hasta el …; mis datos de contacto son…“). La misma no requiere de certificación. 
  • Constancias de inscripción en cursos de idiomas, estadías escolares, intercambio u otros comprobantes de participación en otros viajes no relacionados con una actividad remunerada sujeta a autorización

Acreditación de la financiación mediante:

  • Dinero en efectivo o tarjeta de crédito con resúmenes bancarios correspondientes equivalentes a un valor de 45.- Euros por día de permanencia
  • Declaración de patrocinio para extranjeros de conformidad con los artículos 66 – 68 de la Ley de Permanencia en el País, que la persona invitante residente en Alemania debe efectuar ante la respectiva Autoridad de Migraciones; la declaración en original puede ser requerida al ingresar a Alemania

Asimismo, deberá acreditarse:

  • Seguro médico conforme a las normas de la UE (válido en todo el territorio de la UE, cobertura mínima por valor de 30.000.- € y vigente a partir de la fecha de ingreso al país para toda la estadía)
  • Pasaje de ida y vuelta (dentro del plazo de los 90 días)
  • Pasaporte vigente (la validez debe exceder al menos 180 días la fecha prevista para el ingreso al país)

La Embajada señala expresamente que los controles fronterizos (en el país del primer ingreso al espacio Schengen) están facultados a denegar el ingreso a extranjeros cuando no se presenten los comprobantes requeridos o estos no sean adecuados.


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