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Visa para viajes por motivos de culto o caridad

28.11.2023 - Artículo

Las personas que permanecerán (más de 90 días) en Alemania por motivos de culto o caridad, y desarrollarán actividades en ese ámbito, deben solicitar previamente una visa en la Embajada.

Para solicitar el visado se deberá concurrir en forma personal y presentar la siguiente documentación (tamaño A4):

  • 1 Formularios de solicitud y la declaración de conformidad con el art. § 54, apartado 2, número 8, en concordancia con el § 53, de la Ley de Permanencia (completados y firmados)
  • 1 Foto actual apta para uso biométrico tamaño 3,5 x 4,5 cm (tomadas de frente, con los ojos mirando directamente a la cámara, fondo claro, sin sombra en el rostro, sin reflejos en los cristales de los anteojos, cabeza descubierta, boca cerrada. El rostro, desde el mentón hasta lel inicio de la cabellera, debe ocupar 80 % de la imagen -altura del rostro entre 3,6 y 3,2 cm-, deben verse claramente ambos lados del rostro).

Toda la documentación enunciada a continuación debe presentarse en original y una fotocopia:

  • Pasaporte vigente (debe tener una validez mínima de 180 días a partir de la fecha de ingreso a Alemania)
  • Los extranjeros residentes en la Argentina deberán presentar DNI de extranjeros
  • Certificados y diplomas de formación profesional con respectivas traducciones al alemán (traduccion simple)
  • Carta original de la organización requirente en idioma alemán, firmada por el empleador y el trabajador, con mención exacta de la actividad religiosa o caritativa prevista: por ejemplo, convenio de cesión de personal entre órdenes religiosas
  • Currículum Vitae
  • Declaración de quién asume los costos
  • Mención de un domicilio en Alemania al arribo
  • Contratación de un seguro médico conforme a las normas de la UE (válido en todo el territorio de la UE, cobertura mínima por valor de 30.000.- € y vigente a partir de la fecha de ingreso a Alemania). Debe presentarse a más tardar al retirar la visa.

Aclaración:

La Embajada posee competencia propia para otorgar el visado. El plazo máximo de procesamiento de la solicitud es de 1 mes (por lo general es considerablemente menor).

El permiso de permanencia definitivo y de mayor duración es otorgado en Alemania por la Autoridad de Migraciones correspondiente luego de ingresar al país. 

En caso de que el solicitante haya permanecido en Alemania con anterioridad, es necesario consultar a la respectiva Autoridad de Migraciones. En estos casos la Embajada deberá solicitar a la Autoridad de Migraciones su aprobación para otorgar el visado. En caso de que la actividad religiosa o caritativa no sea la principal, sino que también desarrollará una actividad remunerada, se dará intervención a la Agencia Federal de Empleo. El tiempo de procesamiento de la solicitud puede demorar en estos casos hasta 3 meses o más. 

Junto con la presentación de la solicitud se deberá abonar en efectivo y en Pesos Argentinos un arancel que actualmente asciende a 75,- Euros. Se aplicará el tipo de cambio vigente en la Oficina de Pagos de la Embajada.

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