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Tarjeta Azul de la UE
Con la así llamada «Tarjeta Azul de la UE» los ciudadanos extranjeros que poseen un título universitario reconocido en Alemania pueden iniciar una actividad laboral conforme con su calificación profesional. En los links correspondientes a la Oficina Federal de Migración y Refugiados, www.bamf.de, y al portal de profesionales calificados, www.make-it-in-germany.com, usted encontrará información general sobre la Tarjeta Azul.
La Tarjeta Azul de la UE, al igual que todos los permisos de permanencia de mayor duración, es emitida por la Autoridad de Migraciones respectiva en Alemania. En la Embajada se tramitará el visado nacional necesario para el ingreso al país.
Para solicitar el visado se deberá concurrir en forma personal y presentar la siguiente documentación:
- 1 Formulario de solicitud y la declaración de conformidad con el art. § 54, apartado 2, número 8, en concordancia con el § 53, de la Ley de Permanencia (completados y firmados)
- Declaración firmada del Reglamento General de Protección de Datos (Art. 13 y 14). Información sobre el Reglamento puede encontrarlo aquí
- 1 Foto actual apta para uso biométrico tamaño 3,5 x 4,5 cm (tomadas de frente, con los ojos mirando directamente a la cámara, fondo claro, sin sombra en el rostro, sin reflejos en los cristales de los anteojos, cabeza descubierta, boca cerrada. El rostro, desde el mentón hasta lel inicio de la cabellera, debe ocupar 80 % de la imagen -altura del rostro entre 3,6 y 3,2 cm-, deben verse claramente ambos lados del rostro).
Toda la documentación enunciada a continuación debe presentarse en original y dos fotocopias (tamaño A4):
- Pasaporte vigente (debe tener una validez mínima de 180 días a partir de la fecha de ingreso a Alemania)
- Los extranjeros residentes en la Argentina deberán presentar DNI de extranjeros
- Curriculum vitae referente a la formación profesional con certificados, diplomas o similares. con sus respectivas traducciones al alemán (traducción simple)
- Título universitario alemán, o bien, título universitario extranjero reconocido o comparable con un títutlo universitario alemán con la respectiva traducción al alemán (traducción simple)
- Contrato de trabajo/propuesta de trabajo vinculante con indicación de la remuneración anual bruta
- Declaración de la Relación Laboral (Erklärung zum Beschäftigungsverhältnis).
- Contratación de un seguro médico conforme a las normas de la UE (válido en todo el territorio de la UE, cobertura mínima por valor de 30.000.- € y vigente a partir de la fecha de ingreso a Alemania). Debe presentarse a más tardar al retirar la visa.
Aclaración:
Para saber si su título universitario es reconocido o es comparable usted puede consultar la base de datos comparativos ANABIN: http://anabin.kmk.org/. Se debe adjuntar a la solicitud junto con la demás documentación el resultado impreso de la consulta.
Se ruega tener en cuenta que la documentación requerida debe presentarse en su totalidad. Las solicitudes incompletas pueden ser causa directa de la denegación de la solicitud de visado.
Las presentes instrucciones se actualizan en forma permanente y son meramente enunciativas. En casos particulares la Embajada se reserva el derecho de solicitar documentación adicional. La solicitud sólo se procesará si la documentación necesaria es presentada en forma completa.
La Embajada posee competencia propia para otorgar el visado. El plazo máximo de procesamiento de la solicitud es de 1 mes (por lo general es considerablemente menor).
El permiso de permanencia definitivo y de mayor duración es otorgado en Alemania por la Autoridad de Migraciones correspondiente luego de ingresar al país.
En caso de que el solicitante haya permanecido en Alemania con anterioridad, es necesario consultar a la respectiva Autoridad de Migraciones. En estos casos la Embajada deberá solicitar a la Autoridad de Migraciones su aprobación para otorgar el visado. El tiempo de procesamiento de la solicitud puede demorar en estos casos hasta 3 meses o más.
Junto con la presentación de la solicitud se deberá abonar en efectivo y en Pesos Argentinos un arancel que actualmente asciende a 75.- Euros. Se aplicará el tipo de cambio vigente en la Oficina de Pagos de la Embajada.