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Reagrupación familiar con alemanes
La visa de reagrupación familiar puede solicitarse en el caso del traslado familiar para reunirse con el cónyuge alemán y/o con el hijo menor de edad alemán residente en Alemania. Para la residencia permanente en Alemania deberá previamente tramitarse en la Embajada el visado nacional necesario para el ingreso al país.
En el marco del trámite de visado el cónyuge extranjero deberá acreditar conocimientos del idioma correspondientes al menos al nivel A1 mediante certificado de una entidad examinadora certificada de conformidad con los estándares de ALTE (Association of Language Testers in Europe). Puede encontrar más información de la BAMF sobre demostración de conocimientos básicos de alemán aquí.
► Motivo: desde el principio usted debe poder interactuar en Alemania en alemán, al menos en forma sencilla, y participar de la vida social. Los conocimientos de idioma facilitan la incorporación al curso de integración y también la integración a la sociedad alemana.
Según el estado actual de conocimiento de la Embajada Alemana en Buenos Aires, los certificados de idiomas reconocidos que deberán ser presentados junto con la solicitud de visa tienen que ser otorgados por el Goethe Institut. Para los cursos de idioma puede asistirse previamente también a otros institutos de enseñanza. En este contexto, la Embajada señala que actualmente existen en todo el territorio argentino adecuadas posibilidades para aprender el idioma y para rendir los exámenes correspondientes que permitan certificar por lo menos el nivel de idioma A1 requerido.
► Importante: Se ruega tener en cuenta que, aún con la presentación de un certificado de idioma actual y válido, la Embajada puede eventualmente, si fuera necesario, verificar el real dominio del idioma de los solicitantes.
► Aclaración: En el caso de reagrupación familiar con hijos menores de edad de nacionalidad alemana no se deberá acreditar el dominio del idioma.
Para solicitar el visado se deberá concurrir en forma personal y presentar la siguiente documentación:
- 1 Formulario de solicitud y la declaración de conformidad con el art. § 54, apartado 2, número 8, en concordancia con el § 53, de la Ley de Permanencia (completados y firmados)
- 1 Foto actual apta para uso biométrico tamaño 3,5 x 4,5 cm (tomadas de frente, con los ojos mirando directamente a la cámara, fondo claro, sin sombra en el rostro, sin reflejos en los cristales de los anteojos, cabeza descubierta, boca cerrada. El rostro, desde el mentón hasta lel inicio de la cabellera, debe ocupar 80 % de la imagen -altura del rostro entre 3,6 y 3,2 cm-, deben verse claramente ambos lados del rostro).
Toda la documentación enunciada a continuación debe presentarse en original y una fotocopia (tamaño A4):
- Pasaporte vigente (la validez debe exceder al menos 90 días la fecha prevista para el ingreso al país)
- Los extranjeros residentes en la Argentina deberán presentar DNI de extranjeros
- Fotocopias del documento de identidad y/o del pasaporte del cónyuge alemán/del hijo menor de edad
- Certificado de domicilio/constancia de empadronamiento del cónyuge/hijo menor de edad en Alemania; si los cónyuges e hijos se trasladan juntos desde Argentina hacia Alemania: indicación del futuro o primer domicilio en Alemania
- Partida de matrimonio con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán
- En caso de reagrupación familiar de hijos menores de edad: partida de nacimiento del menor con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán. Eventualmente, partida de matrimonio con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán.
- En caso de patria potestad compartida: Declaración notarial de consentimiento del padre no acompañante con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán sobre la salida y la residencia permanente del menor en Alemania.
- En caso de ser titular exclusivo de la patria potestad: Resolución judicial de custodia y/o comprobante de custodia con traducción pública al alemán: si el progenitor que ya no tiene la custodia sigue teniendo derechos de acceso: declaración notarial de consentimiento del progenitor con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán
- En caso de reagrupación familiar hacia un hijo alemán no nacido: certificado de embarazo que incluya información sobre la fecha prevista de parto.
- Conocimientos del idioma alemán correspondientes por lo menos al nivel A1 mediante certificado de una entidad examinadora certificada de conformidad con los estándares de ALTE (Association of Language Testers in Europe), por ejemplo: Goethe Institut
- Contratación de un seguro médico conforme a las normas de la UE (válido en todo el territorio de la UE, cobertura mínima por valor de 30.000,- € y vigente a partir de la fecha de ingreso a Alemania). Debe presentarse a más tardar al retirar la visa.
► Aclaración: Las partidas emitidas por un Registro Civil en Alemania no requieren traducción ni apostilla.
► Se ruega tener en cuenta que la documentación requerida debe presentarse en su totalidad. Las solicitudes incompletas pueden ser causa directa de la denegación de la solicitud de visado.
Las presentes instrucciones se actualizan en forma permanente y son meramente enunciativas. En casos particulares la Embajada se reserva el derecho de solicitar documentación adicional. La solicitud sólo se procesará si la documentación necesaria es presentada en forma completa.
Aclaración:
En forma previa al otorgamiento del visado la Embajada solicita la autorización correspondiente ante la respectiva Autoridad de Migraciones en Alemania. Por tal motivo, el plazo de procesamiento de la solicitud de visa puede demorar hasta 3 meses o más. La Embajada no tiene injerencia sobre los plazos de los organismos en Alemania. El permiso de permanencia definitivo y de mayor duración es otorgado en Alemania por la Autoridad de Migraciones correspondiente luego de ingresar al país.
► La tramitación de una visa de reagrupación familiar con el cónyuge/hijo de nacionalidad alemana está exenta del pago de arancel.